A quién reclamar
- A tu comercializadora, la que te manda la factura: precios, importes, descuentos, servicios añadidos, cambios de contrato.
- A tu distribuidora: lecturas, el contador, cortes y averías. Cuál es la tuya.
Las dos tienen un servicio de reclamaciones gratuito. Si no sabes a cuál, reclama a tu comercializadora: es tu interlocutora en el contrato.
Cómo reclamar
- Ten a mano la factura, el CUPS y el número de contrato. Di qué está mal y qué pides: que la rectifiquen, que te devuelvan una cantidad o que te den de baja un servicio.
- Reclama por escrito si puedes (en su web, su área de clientes o por correo). Por teléfono, pide un documento que acredite que has reclamado y lo que dijiste: tienen que avisarte de que tienes ese derecho.
- Guarda el número de reclamación. Por escrito te tienen que mandar un acuse con el plazo máximo para resolver; puedes preguntar en qué estado está en cualquier momento.
Si en 15 días hábiles no te contestan o no te convence
- Arbitraje de consumo. Es gratis para las dos partes y el laudo se dicta en 90 días desde que el expediente está completo, y obliga a las dos partes. Solo hay arbitraje si la empresa lo acepta o está adherida al sistema arbitral de consumo; tu compañía te tiene que decir a qué entidad de resolución de conflictos está adherida. Cómo pedirlo, en el Ministerio de Consumo.
- El organismo de energía de tu comunidad autónoma (o de Ceuta o Melilla), que puede resolver reclamaciones sobre el contrato o las facturas.
- El defensor del cliente, si tu compañía tiene uno: es gratis, resuelve en dos meses como máximo y su decisión obliga a la compañía.
Si te cambiaron de compañía sin pedirlo
La compañía nueva tiene que devolverte a tu compañía y a tu contrato anterior, pagar lo que cueste el cambio y los daños. No pueden cobrarte por una luz ni por servicios que no pediste. Reclama a la compañía nueva y avisa a la tuya.
Si te cobraron de más
Te lo tienen que devolver entero en la factura siguiente, con intereses (el interés legal del dinero más 1,5 puntos). Si te cobraron de menos, pueden cobrártelo en tantos meses como pasaron desde el error, nunca más de un año. Lecturas y facturas estimadas.
El teléfono de cada compañía
Donde la compañía publica un teléfono de reclamaciones aparece ese; si no, su teléfono de atención al cliente. Donde explica en su web cómo reclamar, lo enlazamos.
Teléfonos y áreas de clientes tomados de la web de cada compañía; los más antiguos, el 8 de octubre de 2026. Páginas de cada trámite, consultadas el 12 de octubre de 2026. Si no sabes cuál es tu compañía, su nombre está arriba en la factura.